jueves, 12 de junio de 2008

Conferencia “Reformas Neoliberales en Brasil y México” y la ponencia ante CJF en las audiencias publicas‏

Conferencia “Reformas Neoliberales en Brasil y México” y la ponencia ante CJF en las audiencias publicas Jueves 12 de junio 17 hrs. En el foro de la ley del ISSSTE; Conferencia “Reformas Neoliberales en Brasil y México” ANTONIO DONIZETE FERREIRA DE CONLUTAS DE BRASIL. Auditorio Benito Juárez de la ALDF plaza de la constitución no 7 ------------------------------------------------------------------------------------------------ Que no te engañen Ni presionen los trabajadores del Estado no aceptamos la inconstitucional ley ¡Nos amparamos Y movilizamos! Todos el 13 de junio a la suprema corte de injusticia del ISSSTE 10 hrs. Marcha del plantón ISSSTE (cita en la lotería Nacional) a la corte. 16 hrs. Mitin Unitario en SCJN. (Pino Suárez esq. Corregidora) -------------------------------------------------------------------------- Ponencia ante la suprema corte audiencia publica el dia 10 de junio JUSTICIA SOCIAL PARA LA RESTITUCIÓN DEL ESTADO DE DERECHOJosé Antonio Vital Galicia Alianza de Trabajadores de la Salud y Empleados Públicos.Señoras y señores Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:Hoy la atención del país y de la opinión pública internacional es atraída por la frágil democracia existente en México, esto es así por el debate sobre el futuro del patrimonio nacional que se realiza y por la trascendencia del juicio que se abre aquí sobre la preservación de la protección social conquistada con el levantamiento armado de 1910, sobre los principios sociales y el derecho al trabajo emanados de la Revolución Mexicana. En las demandas de amparo hemos fundado con detalle la violación a la garantías constitucionales de legalidad, seguridad jurídica, de audiencia, de fundamentación y motivación, de igualdad y no discriminación, de no confiscación y de seguridad social, referidos a las deficiencias del proceso de aprobación, publicación y aplicación de la nueva ley del ISSSTE. De igual manera hemos manifestado que la ley impugnada contraviene los convenios, tratados y declaraciones internacionales en materia de derechos humanos y de trabajo que el Estado mexicano está obligado a observar y cumplir.En México, la seguridad social como mecanismo redistributivo de la riqueza, tiene su punto de partida en la Constitución de 1917, en particular en el artículo 123 y en las leyes laborales, las que consagran un conjunto de derechos y prestaciones como percepciones directas e indirectas de los trabajadores. La seguridad socia es parte de ese salario o ingreso indirecto que la Constitución garantiza a los trabajadores como obligación del Estado y de los patrones. La nueva ley del ISSSTE impugnada por inconstitucional en el fondo y forma, afecta de manera directa y personal o todos y cada uno de los trabajadores del estado, y lejos de recuperar la letra y el espíritu de la Constitución, que establece el derecho a la seguridad social universal, solidaria, integral y pública para todos los mexicanos, conculca garantías individuales y derechos sociales derogando la obligación del Estado de garantizar la seguridad social a la clase trabajadora y su responsabilidad como patrón de proteger a sus empleados. La nueva ley en su concreción, privatiza la seguridad social, cancela o limita los derechos de protección por accidentes y enfermedades profesionales, jubilación, invalidez, vejez y muerte; y establece regímenes discriminatorios para los nuevos trabajadores al servicio del estado. La nueva ley, elimina el valor social del trabajo establecido por el constituyente en el artículo 123, generando una condición laboral de sobre explotación, de desamparo del trabajador y su familia, individualizando y mercantilizando la protección social. Los derechos sociales del trabajador quedan subordinados al mercado de capitales, a la especulación y al lucro.Con la aplicación retroactiva de la nueva ley del ISSSTE, se atropella el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al privar a los trabajadores de derechos, beneficios y prestaciones conquistados, expresados en la seguridad social. La nueva ley, pasando por encima del articulo 22 de la Carta Magna, confisca el ahorro social de las últimas dos generaciones de empleados públicos. El legislativo embargó de un plumazo, los fondos de pensiones, de servicios médicos, de riesgos de trabajo y accidentes, de vivienda y de prestaciones sociales, aportados por millones de trabajadores, por muchos años.En la elaboración, la discusión y aprobación de la nueva ley, violando el artículo 26 constitucional, los legisladores eludieron la participación de los trabajadores afectados, no consideraron las demandas de más de 10 millones de derechohabientes y de toda la sociedad sobre el derecho a la seguridad social solidaria, integral, pública. La nueva ley, de igual manera, rompe con la legalidad y la seguridad jurídica establecidas en el artículo 16 constitucional.Señoras y señores ministros, es el caso de la enfermera Georgina, con 35 años de servicios, durante los cuales aportó rigurosamente cada quincena sus cuotas para lo servicios médicos, las jubilaciones y pensiones, para las prestaciones económicas, sociales y culturales. Después de toda una vida de trabajo, el gobierno señala que no cuenta con fondos para pagar su pensión, su atención medica ni para otorgar las prestaciones a que tiene derecho. ¡¿Donde quedó el dinero?! La ley Abrogada señalaba la obligación de establecer reservas e inversiones para cumplir con las obligaciones laborales y en caso de carencia de ese fondo, en su artículo 177 aseguraba mecanismos para subsanar las deficiencias financieras para cubrir los derechos adquiridos de los trabajadores. Durante su vida laboral la enfermera atendió la salud cuando menos de 20 personas al día; lo que significa que al año cuidó la vida de 5 mil seres humanos; estamos hablando de unos 175 mil mexicanos -que equivalen a 3 estadios olímpicos de la ciudad universitaria llenos, un Estadio Azteca y medio- atendidos y cuidados por esta enfermera, y resulta que hoy el gobierno le niega el derecho a una jubilación digna. El salario diferido ha sido despojado, la responsabilidad del Estado pretende eliminarse.Durante esta historia laboral, la enfermera destinó el 1% de su salario para el fondo de préstamos personales, ahora, al igual que para 2 millones de empleados públicos, con la nueva ley se confisca este fondo y el nuevo sistema establece un régimen mercantil cobrando tasas superiores al 125% de las cuentas bancarias de inversión. Embargo y lucro son los que ofrece esta ilegal ley. Puedo abundar más en casos concretos, pero valga este ejemplo como demostración de la inconstitucionalidad de la nueva ley.El gobierno y dos fracciones del legislativo, nos han presentado esta ley como la solución a los males de la mala administración de los fondos de la seguridad social, en los hechos, estas medidas sirven para soslayar el incumplimiento de la protección social del trabajo, incumplimiento que tienen a cerca de 30 millones de trabajadores sin seguridad social, sin las garantías laborales que establece la Constitución. Con engaños o presiones pretenden forzar a la aceptación de la nueva ley y se incumplen los amparos concedidos.La realidad esta muy lejana de dar seguridad y certeza jurídica a los derechos adquiridos por los trabajadores. A lo largo de los últimos 10 años hemos visto que el modelo individual y privado de las pensiones y los servicios médicos han sido un gran negocio para el sector financiero: el remedio resultó peor que la enfermedad. En el Caso del IMSS, las cuentas individuales no han representado el aumento de la cobertura para la universalidad de la seguridad social en México, por el contrario imperan el empleo precario, el deterioro de la atención médica y la falta de abasto.El gasto de operación del erario publico destinado al IMSS e ISSSTE, apenas supera el 1% del Producto Interno Bruto; es decir, que de cada 100 pesos de la riqueza nacional se destina un peso a la seguridad social de la mayoría de los afiliados. En contraparte, el Estado mexicano destina cerca del 250% del equivalente a la seguridad social al servicio de la deuda contraída por rescates bancarios, carreteros entre otros. El futuro para los jóvenes es trabajar más de 40 años para recibir pensiones reducidas a la tercera parte del régimen anterior. Las reformas acaban con el enfermo y no terminan con la enfermedad.Hoy en México se pretende imponer un modelo de seguridad social que sus promotores están eliminando, El Banco Mundial desde el año 2004, y más recientemente la OCDE, han dado marcha atrás en el impulso de las cuentas individuales debido al alto costo financiero para los países y la gran desigualdad social que generan, que amenazan incluso la estabilidad social de los países que los han asumido. Así vemos que en Chile, Argentina, Uruguay entre otros, se regresa a los sistemas solidarios y colectivos. Señoras y señores magistrados del máximo tribunal de justicia de nuestro país: hoy tienen en sus manos el juicio más importante sobre el instrumento de justicia social fundamental emanado de la Revolución Mexicana, el derecho al trabajo digno, a la protección social de la inmensa mayoría del pueblo de México que vive de su trabajo. Sin lugar a dudas que enfrentamos la mayor voracidad del capital, que en su afán de ganancias, lucra con la vida y la esperanza de condiciones laborales dignas; enfrentamos también la corrupción y descomposición de las instituciones republicanas, vivimos también el secuestro de la organización de los trabajadores que impiden la libre expresión y participación de los mexicanos.Hoy la sociedad mexicana vive agraviada por la falta de justicia, esta ley y el incumplimiento de la legislación laboral quebrantan el estado de derecho y amenazan con desbordar la inmensa paciencia del pueblo de México. El inmenso costo financiero de esta ley para beneficio de la banca internacional, y el grave costo social que puede llevarnos a una vejez enferma y miserable, nos hace un llamado para que se recuperen las bases fundamentales sobre las que se constituyó el Estado social de derecho surgido de la Revolución y de la constitución primigenia; de tal manera que ni el constituyente ordinario ni el presidente de la Republica están legitimados para modificar las decisiones fundamentales del pueblo de México, emanadas de la soberanía popular, establecidas en el artículo 39 de la Constitución.En su sabiduría y en su conciencia, esta la decisión de resolver la restitución del régimen de derecho, declarando la inconstitucionalidad de la ley impugnada, contribuyendo así a que México, un país joven, con inmensas riquezas naturales, transite hacia la justicia social con paz y democracia.Trabajo digno, seguridad social para todos y democracia.10 de junio 2008 telfax 56761789, telmovil 04455 2112 7490, Av. 5 de Mayo no 29 desp. 108, centro histórico México D.F. coali@servidor.unam.mx www:Forolaboral.com.mx

No hay comentarios: